Estimados Socios y Asociados:
El Gobierno ha actualizado el instructivo de permisos para desplazamientos en cuarentena, por la versión que aquí adjuntamos, el que entrará en vigencia este lunes 22 de junio.
Para nuestro sector no presenta cambios: Sigue siendo necesaria la credencial institucional o permiso del empleador (o en su defecto, el contrato de trabajo) sumado a la cédula de identidad del trabajador.
Esto, pues se autoriza el desplazamiento colectivo de personas en la página 6, Número 4 letra C., se dispone el siguiente caso: “Personal esencial de las empresas que se desempeñen en actividades asociadas a la logística de cargas (…); instalaciones de almacenamiento, depósito, inspección y/o distribución de bienes (…); y la provisión de todo servicio de mantenimiento o reparación o insumos necesarios para operaciones de transportes.”
Este procedimiento es distinto al “Permiso Único Colectivo” el que debe ser tramitado por las empresas de servicios de utilidad pública, seguridad, prensa y alimentos/comercio esencial.
En consecuencia, desde ANAC les recordamos:
- Que el personal que atiende los servicios técnicos de mantenimiento o reparación relacionados al transporte, sí pueden desplazarse a sus talleres cumpliendo los requisitos enlistados en la página 5, numeral V.: “Se considerará como permiso válido que autorizará el desplazamiento, la credencial institucional, pública o privada, o documento institucional que acredite su calidad de trabajador del rubro específico que se indica a continuación, siempre con su respectiva cédula nacional de identidad”.
- Nota Importante: No es necesario que para la operación de los servicitos técnicos o de mantenimiento (ni para el funcionamiento de las bodegas de almacenamiento, depósito y distribución) que se tramite un permiso en “Comisaría Virtual”. Reiteramos que solo es necesario que el funcionario cuente con su credencial institucional + su cédula de identidad vigente + copia de su contrato de trabajo si no tuviere credencial + permiso emitido por el representante legal del servicio técnico, en que se indique el nombre y domicilio de los funcionarios necesarios para el funcionamiento del taller de servicio técnico.
- A continuación, un breve recordatorio del consejo impartido por la SEREMI de Economía de la R.M., es que los trabajadores porten los siguientes documentos al desplazarse por comunas en cuarentenas cuando vayan a sus lugares de trabajo:
- Copia de este instructivo, de fecha 12 de junio
- Carnet de identidad;
- Credencial institucional, que demuestre e indique el lugar de trabajo (dirección del servicio técnico o de mantenimiento ubicado en la comuna en cuarentena);
- Si no tuviere credencial, copia de su contrato de trabajo (con indicación de que la dirección del empleado debe coincidir con la de su residencia habitual, y la dirección de la empresa debe contener aquella en que presta sus servicios como técnico o mecánico);
- Adicionalmente, el documento institucional que acredite su calidad de trabajador puede ser un certificado emitido por el representante legal de la marca o servicio técnico, en que se indique el nombre de los trabajadores que son esenciales para el funcionamiento de dicho servicio técnico, con indicación de su nombre completo, RUT, lugar de residencia y lugar en que desempeña sus funciones.
Finalmente, recordarles que pueden consultar directamente al Sr. Raúl Morales, SEREMI de Economía, para el caso de necesitar una aclaración sobre este tema, al mail rmorales@economia.cl o directamente a nosotros en ANAC, para aclararles cualquier aspecto sobre las autorizaciones para desplazamiento en comunas en cuarentena.
Abajo encontrarán el link con las Preguntas Frecuentes sobre este instructivo, debidamente actualizados por el gobierno.
https://www.gob.cl/coronavirus/documentos/
Les saluda atentamente,
Diego Mendoza Benavente
Secretario General